Wednesday, September 21
“ Por tanto la defensa de los consumidores y usuarios, en el supuesto de profesionales colegiados se realiza a través de los propios colegios, quienes ostentan la potestad disciplinaria en relación a sus colegiados, sin perjuicio de la posibilidad de acudir por parte de los afectados a los Tribunales, a través de los recursos pertinentes.
